Sí, eso es una suposición justa. Si observa las reglas de las presentaciones de la Sección 16 (tomemos el Formulario 4). Página en sec.gov verá que
1. Todos los beneficiarios reales deben informar. Ver extracto de la Sección 4 (b)) (ii) a continuación.
2. Cuando más de un beneficiario efectivo necesite informar sobre la misma transacción, pueden presentarla de manera conjunta o por separado. Pero en realidad no tiene mucho sentido presentar por separado.
- ¿Cómo debo vender mi capital en mi startup?
- ¿Qué representan las distintas acciones de una empresa?
- ¿Cuál es la definición de infusión de capital?
- Equidad: ¿Cuándo tiene sentido tener un acantilado de menos de 1 año para las acciones de los fundadores?
- Tengo una empresa en la que hay 2 directores. Una tercera persona quiere invertir en ella y le estamos ofreciendo una participación del 10% en ganancias y pérdidas. ¿En qué se diferencia la participación en P&L de la participación en una empresa?
4 (b) (ii)
Se informará tanto a los beneficiarios directos e indirectos de los valores. Los valores de titularidad directa son aquellos mantenidos a nombre de la persona que informa o en nombre de un banco, corredor o nominado para la cuenta de la persona que informa. Además, los valores mantenidos como inquilinos conjuntos, inquilinos en común, inquilinos en su totalidad o como propiedad de la comunidad deben informarse como mantenidos directamente. Si una persona tiene un interés pecuniario, por razón de cualquier contrato, entendimiento o relación (incluida una relación o arreglo familiar), en valores mantenidos a nombre de otra persona, esa persona es un propietario beneficiario indirecto de los valores. Ver la Regla 16a-1 (a) (2) (ii) para ciertas propiedades beneficiarias indirectas
4 (b) (v)
Cuando más de un beneficiario efectivo de los mismos valores de renta variable debe informar la misma transacción en el Formulario 4, dichos propietarios pueden presentar el Formulario 4 de forma individual o conjunta. Las presentaciones conjuntas y grupales pueden ser realizadas por cualquier beneficiario designado. Las transacciones con respecto a valores de propiedad separada de cualquier declarante conjunto o grupal pueden incluirse en la presentación conjunta. Indique solo el nombre y la dirección del declarante designado en el Artículo 1 del Formulario 4 y adjunte una lista de los nombres y direcciones de cada uno de los demás denunciantes. Las presentaciones conjuntas y grupales deben incluir toda la información requerida para cada beneficiario efectivo, y dichas presentaciones deben ser firmadas por cada beneficiario efectivo, o en nombre de dicho propietario por una persona autorizada.